Al igual que la Fianza, el Seguro de Caución es un instrumento de garantía cuyo objetivo principal es asegurar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en un contrato, cubriendo las pérdidas que resulten de su incumplimiento. Pero ¿qué los hace diferentes?
Hay diversos factores que hacen al Seguro de Caución diferente a una Fianza, principalmente el hecho de que, para contratarlo, no siempre se requiere de un obligado solidario, mientras que para el trámite de una fianza sí es obligatorio.
Mientras que la fianza es una obligación accesoria y su principal objetivo es responder por el fiado en caso de que éste no cumpla con el beneficiario de la póliza, el Seguro de Caución es como tal, un contrato que indemniza o cubre el resarcimiento de los daños sufridos por dicho incumplimiento.
¿Qué elementos integran un Seguro de Caución y una Fianza?
Para el caso del Seguro de Caución:
- Asegurado- Contratante
- Asegurado- Aseguradora
- Aseguradora- Contratante
Para el caso de la Fianza:
- Beneficiario- Fiado
- Beneficiario- Afianzadora
- Afianzadora- Fiado

Para ambas garantías, las obligaciones a cumplir quedan plasmadas en el documento principal, sin embargo, en temas de incumplimiento, si hay algunas diferencias.
En el caso del Seguro de Caución, el pago de la indemnización se realiza a los 30 días, siempre y cuando se presenten los documentos previstos en el certificado. En este caso, la aseguradora no podrá solicitar documentación adicional que compruebe el incumplimiento.
Por otro lado, en el caso de una fianza, el pago indemnizatorio se realizará dentro de los 60 días siguientes a la reclamación, la afianzadora podrá solicitar documentos para acreditar dicho incumplimiento.
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